Riesgo y siniestro en el seguro de responsabilidad civil

Vamos a ver en esta entrada el riesgo, en primer lugar, y el siniestro, en un segundo término, en el seguro de responsabilidad civil.

Coche y seguro de responsabilidad civil

- El riesgo en el contrato de responsabilidad civil


El riesgo en el seguro de responsabilidad civil es el nacimiento a cargo del asegurado de una obligación de indemnizar a un tercero (artículo 73.I de la Ley de Contrato de Seguro).

+ Características para que el asegurador quede obligado a indemnizar


Para que el asegurador quede obligado a indemnizar es preciso que concurren las siguientes características:

. Que los daños causados a terceros lo sean como consecuencia de un hecho o actividad que esté previsto/a en el contrato como riesgo cubierto.

. Que el hecho dañoso ocurra durante el periodo de cobertura de la póliza.

. Que el asegurado sea responsable del daño, lo que sucederá bien por reconocimiento de la responsabilidad, bien por declaración judicial.

+ Alcance de la cobertura del asegurador: cláusulas de delimitación del riesgo


El alcance de la cobertura del asegurador viene determinada por las llamadas cláusulas de delimitación del riesgo, que sirven para definir el objeto del contrato del seguro de que se trate, y que en el seguro de responsabilidad civil son fundamentalmente las de delimitación objetiva del riesgo (ámbito material y actividad de la que ha de derivarse el daño para que quede cubierto por la póliza), de delimitación subjetiva (sujetos asegurados y terceros cuyos daños se cubren); de delimitación temporal (período de cobertura del seguro); las que establecen los límites cuantitativos o suma asegurada (límite de la obligación de indemnizar del asegurador -Sentencia del Tribunal Supremo 11.9.2006 -RJA 6576-, 2.2.2001 -RJA 3959); y las de delimitación geográfica o espacial.

- El siniestro en el seguro de responsabilidad civil


+ El siniestro en el seguro de responsabilidad civil, un concepto complejo


En cuanto al siniestro, se trata de un concepto que en el seguro de responsabilidad civil presenta una complejidad que no tiene en otras modalidades asegurativas. Se han barajado en este punto diferentes teorías (la declaración de responsabilidad del asegurado, la reclamación del perjudicado, etc.), pero normalmente se entiende por siniestro el hecho del que se deriven los daños (hecho motivador o hecho causal).

+ Origen de la teoría de la reclamación: cláusulas claim made


La teoría de la reclamación tiene su origen en las llamadas cláusulas claim made, por las que se condiciona la cobertura del seguro a que tanto el siniestro como la reclamación de daños por el perjudicado se haga durante el periodo de cobertura de la póliza. Estas cláusulas fueron declaradas nulas por el Tribunal Supremo (Sentencias del Tribunal Supremo 20.3.1991 -RJA 2267- y 23.4.1992 -RJA 3323), pero el legislador las ha dotado de validez en el nuevo artículo 73.II de la Ley de Contrato de Seguro. Bajo ciertas condiciones, este artículo permite al asegurador la posibilidad de liberarse de la obligación de indemnizar si la reclamación del perjudicado se hace una vez transcurrido un año desde que venció la póliza, aunque el hecho dañoso ocurriera durante su vigencia.

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Fuente:
Manual de Derecho civil, Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano.