Concepto de Derecho real

El concepto de Derecho real varía:

. Concepción clásica de Derecho real


La doctrina clásica sobre la noción del Derecho real ve en él un poder directo e inmediato que se ejerce sobre la cosa, y que genera una relación directa con la misma. Para la doctrina clásica el Derecho real se caracteriza por su carácter absoluto, por su oponibilidad erga omnes. Se pueden hacer valer, incluso coactivamente, contra todos.

. Concepción obligacionista de Derecho real



Define el Derecho real como “el poder jurídico contra otros hombres dirigido a una pretensión de incondicionado respeto en el desenvolvimiento de la propia actividad, o en su plenitud o en singulares direcciones, sobre cosa determinada".

. Teorías unitarias


Las teorías unitarias son las que distinguen en la figura del Derecho real un lado interno y otro externo. El primero está representado por el poder directo e inmediato del titular sobre la cosa. El lado externo es la actitud pasiva o de respeto de los terceros, pues han de abstenerse de toda perturbación.