La anticresis es un derecho real de garantía, que sigue estando en el Código Civil pero que prácticamente no lo aplica nadie (el Código civil exige una reforma, con el fin de suprimir figuras como esta y añadir otras).
- Regulación de la anticresis en el Código Civil
El Código Civil dedica a la anticresis los artículos 1881 a 1886.
- ¿En qué consiste la anticresis?
En el artículo 1881 del Código Civil vemos que en la anticresis el deudor tiene una cosa que da frutos (una finca rústica, por ejemplo), pero no hipoteca esta cosa, sino que sobre los beneficios que genere esa explotación irán a pagar los intereses de la obligación existente y en segundo lugar a cubrir el capital (es una cosa periódica y cada año se irá amortizando una parte del capital y pagando los intereses correspondientes).
----------
Apuntes de Derecho Civil recopilados por Javier García de Tiedra González, basados en las lecciones magistrales del catedrático de Derecho Civil (UCA) Luis Felipe Ragel Sánchez.