Concepto y caracteres de la compraventa

La compraventa se define en el artículo 1445 del Código civil como aquel contrato en virtud del cual "uno de los contratantes se obliga a entregar una cosa determinada y el otro a pagar por ella un precio cierto, en dinero o signo que lo represente".

Compraventa en Derecho civil

- Caracteres esenciales del contrato de compraventa en Derecho civil


Los caracteres esenciales el contrato de compraventa son los siguientes:

+ Es un contrato consensual, en cuanto que se perfecciona por el mero acuerdo de las partes.

+ Es un contrato oneroso, porque existe un sacrificio patrimonial predicable de ambos contratantes.

+ Es un contrato bilateral o sinalagmático, pues nacen obligaciones para ambos contratantes, obligaciones que son recíprocamente interdependientes, tanto en su nacimiento como en su desarrollo

+ Es finalmente un contrato conmutativo, ya que al perfeccionarse el contrato tanto la cosa vendida como su precio están determinados o son determinables.

Asimismo se trata de un contrato típico, que no queda sometido a especiales requisitos formales o documentales (v. artículo 1450 del Código civil en relación con los artículos 1258 y 1278 del Código civil).

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"Manual de Derecho Civil (contratos)", Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano, páginas 73-74.