La acción de regreso

Respecto de las relaciones internas, esto es, las que ligan a los deudores solidarios entre sí, el efecto principal del cumplimiento íntegro de la prestación por parte de uno de los deudores solidarios en la acción de regreso es el nacimiento de una acción de reembolso contra los demás deudores solitarios de la parte que corresponde a cada uno, más los intereses del anticipo (art. 1145.II CC) y los gastos extrajudiciales que estén a cargo de los deudores y los judiciales en los que haya incurrido el deudor que pagó haciendo una defensa razonable.

Accion de regreso y Derecho civil

- Doctrina y acción de regreso


La doctrina suele decir que dentro de la relación interna se funciona como si estuviéramos ante una obligación mancomunada divisible (parciaria). Si el pago ha sido parcial, la acción de regreso sólo da lugar a una exigencia proporcional de la parte que se pagó, y el deudor que pagó parcialmente sigue (salvo pacto en contra) obligado por el resto también con el acreedor. Si la obligación no es fungible (por ejemplo, consiste en entregar una cosa específica) en la acción de regreso deberá exigirse el valor pecuniario de la cosa.

No obstante, hay que tener en cuenta la opción que ofrece el artículo 1210.3º del Código Civil al deudor que pagó, al permitirle subrogarse en el crédito, a salvo los efectos de la confusión.

Fuente:
Manual Derecho civil, Ignacio Garrote