La posesión como hecho y como derecho

Es necesario destacar, aún con su obviedad, que la posesión es un derecho (el llamado ius possidendi), atendiendo a la actuación necesaria sobre la cosa que el titular de un derecho ha de poder ejercitar para realizarlo el mismo y satisfacer su interés.

Posesion hecho derecho

- Dilema en cuanto al concepto de posesión como señorío de hecho


El dilema surge en relación con el concepto de posesión como señorío de hecho sobre la cosa con independencia de cualquier titularidad de la que pueda emanar ese señorío.

Realmente, la posesión es en su origen un hecho, una relación fáctica, una relación de señorío sobre la cosa, al que simplemente el ordenamiento jurídico vincula consecuencias jurídicas importantes.

- Posesión como derecho real


Un destacado sector doctrinal califica, basándose en que el ordenamiento jurídico concede a la posesión una protección erga omnes, además de que se aprecia aquella potestad directa e inmediata sobre una cosa, a la posesión como un derecho real.

También es la posesión un derecho real provisional, transitorio, ya que cede cuando el que tiene derecho a poseer (ius possidendi) ejercita su derecho frente al poseedor, que sólo tiene derecho a seguir poseyendo.

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Por Javier García de Tiedra González, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.

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Fuente:
Luis Díez-Picazo y Antonio Gullón, "Sistema de Derecho Civil", vol. 3, págs. 88 - 89.