¿De qué está compuesta la herencia?

La herencia se puede definir como todo aquel patrimonio del causante que es transmitido al heredero.

Herencia y Derecho civil

- ¿De qué está compuesta una herencia?


+ Derechos patrimoniales y derechos transmisibles que no son patrimoniales


En primer lugar la herencia se compone de derechos patrimoniales, es lo principal cuando se produce una transmisión mortis causa. Además existen una serie de derechos que también son transmisibles pero no son de carácter patrimonial como: el derecho moral del autor o el derecho al honor y a la intimidad.

+ Derechos patrimoniales que no pueden transmitirse


En segundo lugar hay que tener en cuenta que existen una serie de derechos patrimoniales que no pueden transmitirse como son:

. El derecho de uso.

. El derecho de habitación.

. El derecho de usufructo.

+ Derechos que no pueden pertenecer a la herencia


En tercer lugar hay una serie de derechos que aunque aparezcan a raíz de la muerte del causante no pueden pertenecer a la herencia. Estos derechos tienen un tratamiento especial, como por ejemplo un título nobiliario.

+ Indemnización por causa de muerte


En cuarto lugar hay que atender a que sucede con la indemnización por causa de muerte. Una postura piensa que debe formar parte de la herencia y otra que debe ser para todas aquellas personas que convivieran con la víctima (familia). Lo cierto es que este tema no está muy claro, excepto cuando son indemnizaciones por causa de accidente con vehículo o motor que hay que atender a la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro.

+ Derechos de la personalidad del causante que se extinguen con la muerte


En quinto lugar todos aquellos derechos de la personalidad del causante se van a extinguir con la muerte del mismo.

- Derechos de autor, testamento y herencia


Los derechos de autor pasan a formar parte de la persona que el autor haya establecido en su testamento, en defecto de la misma a sus herederos. Esto es así para proteger ante todo las obras del causante y la integridad de las mismas. El derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen son derechos que pueden continuar teniendo los herederos, simplemente para salvar la honra del fallecido.


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Artículo escrito por Beatriz Nicolás, licenciada en Derecho y redactora de artículos jurídicos.