Efectos del Derecho real de usucapión

La adquisición de la propiedad por el transcurso del tiempo, o usucapión, va a tener aparejados una serie de efectos sobre los diferentes sujetos de este Derecho real, sobre todo en el denominado usucapiente, o sujeto que adquiere el Derecho.

Derecho real usucapion

- Efectos del Derecho real de usucapión


En cuanto a los efectos de la usucapión podemos distinguir tres efectos:

+ Adquisición de la propiedad


El usucapiente se convierte en propietario lo mismo que era el titular anterior, tendrá lugar cuando se den todos los requisitos.

+ Eficacia retroactiva de la sentencia de usucapión


La sentencia tiene eficacia retroactiva, es decir, una vez que la sentencia declare la usucapión ganada, se considera que el usucapiente ha sido propietario desde que se inició la posesión.

+ Posibilidad de renuncia de la usucapión adquirida


En tercer lugar, se establece también la posibilidad de renunciar a la usucapión adquirida. Pueden renunciar conforme al artículo 1935 del Código Civil las personas que puedan enajenar la cosa. Esta renuncia puede ser expresa o tácita. Lo único que está prohibido es el poder renunciar sobre una usucapión futura, por la lógica razón de que para que empiece la usucapión es necesario el poseer.

Para cerrar el tema, recordar únicamente que en materia de usucapión nuestro Código Civil hace una regulación exhaustiva del mismo, donde se encuentra todo lo concerniente a la regulación de la figura jurídica de la usucapión.

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