Prioridad y rango registral: el principio prior tempore potior iure

El principio prior tempore potior iure que rige para los derechos reales tiene su traducción en el derecho real en el principio de prioridad.

Prioridad registral y Derecho civil

- Principio de prioridad: preferencia de los derechos reales a la hora de ingresar en el Registro


A través de este principio de prioridad la preferencia entre los distintos derechos reales que constituye en relación a un determinado bien se mide por la fecha de ingreso en el Registro con independencia a la fecha en que se otorgó el mismo. La fecha a tener en cuenta es la que viene determinada por el asiento de presentación.

- Consecuencia del principio de prioridad desde el punto de vista de la publicidad registral


Desde la perspectiva de la publicidad registral, el principio de prioridad tiene una consecuencia importante como es el rango, que no es otra cosa que aquella situación que ocupa un determinado derecho respecto a otro, compatible y que accedieron al Registro con diferente fecha. Este rango tiene carácter permanente y dura hasta que se cancela el derecho o caduca el asiento. Esto provoca, en el supuesto de que un asiento anterior cancelara o caducara, tendría lugar un corrimiento en relación a la posición que va a ocupar el derecho en relación a la cosa.

Hay que tener en cuenta que en relación al rango registral hay supuestos en que éste puede ser objeto de negocio, lógicamente siempre que no perjudique a terceros.