Son cinco las causas por las que podrá ser reputada ineficaz una capitulación matrimonial. Los supuestos, serán: nulidad, anulabilidad, mutuo disenso, cumplimiento de la condición o llegada del término y el supuesto del artículo 1.334 del Código Civil.
- Causas por las que una capitulación matrimonial se reputará ineficaz
+ Nulidad
Nulidad por inexistencia de forma o por ser contraria a los artículos 1.255 y 1.328 del Código Civil, en cuyo caso regirá el principio de conservación del negocio jurídico en la parte válida.
+ Anulabilidad
Comprensiva del vicio en el consentimiento o la falta de capacidad de los otorgantes.
+ Mutuo disenso
Basta con que los cónyuges manifiesten su intención de privar de efecto a las capitulaciones anteriormente otorgadas.
+ Cumplimiento de la condición o llegada del término
Surge cuando los cónyuges optan por un sistema matrimonial durante un periodo temporal determinado, mediante la fijación de un término final (por ejemplo, separación durante los primeros diez años de matrimonio), o indeterminado a través del recurso a una condición suspensiva o resolutoria.
+ Supuesto del artículo 1.334 del Código Civil
Las capitulaciones matrimoniales serán ineficaces cuando se dé el supuesto previsto en el artículo 1.334 del Código Civil, conforme al cual «quedarán sin efecto las capitulaciones que se estipularon bajo el supuesto de futuro matrimonio pasado el plazo de un año desde que se realizaron».
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Apuntes de Elio Andrés Domínguez Ruíz, para la asignatura Derecho Civil III en la Universidad de Cádiz, basados en la obra "Principios de Derecho Civil VI", de Carlos Lasarte Álvarez.