Las negligencias médicas

Las negligencias médicas se producen cuando un profesional sanitario se aleja de los protocolos médicos establecidos, bien sea por acción u omisión, ocasionando un daño (debiendo darse, forzosamente, un daño, ya que la puesta en riego no casa con la responsabilidad civil, cuyo fundamento es compensar el daño) físico, económico o moral al paciente (o a sus familiares, en caso de fallecimiento de éste).

Negligencias medicas y Derecho

- Plazo para reclamar por una negligencia de profesional sanitario: dos supuestos


Respecto al plazo del que se dispone para reclamar por una negligencia de profesional sanitario, tenemos que distinguir dos supuestos: si la reclamación se va a hacer frente a la Administración Pública (sanidad pública) o frente a una empresa privada (sanidad privada).

+ Sanidad pública


En caso de que sea por una negligencia en un centro donde opera la Sanidad Pública (hospitales públicos, centros de salud y clínicas concertadas), el plazo para reclamar va a ser de 1 año (art. 1968 del Código Civil) desde que la negligencia se ha cometido. El procedimiento a seguir es ante la jurisdicción contencioso-administrativa, mediante una reclamación patrimonial frente a la Administración (si bien ésta, en su caso, podrá repetir contra el personal de la Administración que haya cometido la negligencia).

+ Sanidad privada


En lo que respecta la sanidad privada (los odontólogos, las clínicas privadas, los hospitales privados, etc.), el plazo que va a haber para reclamar va a ser de 5 años (este plazo está vigente desde el 7 de octubre de este año, siendo anteriormente de 15 años. Art. 1964 del Código Civil, párrafo 2º) si hablamos de una responsabilidad contractual (art. 1101 del Código Civil), y de 1 año si nos encontramos en sede de responsabilidad extracontractual (arts. 1902 y 1903 del Código Civil). La jurisdicción que competente es, sin duda, la civil.

Negligencias medicas y Derecho civil

- ¿Qué clase de errores sanitarios son más habitualmente objeto de reclamación?


Los errores sanitarios más comunes y por los que más se suele reclamar consisten, normalmente, en errores o retrasos en el diagnóstico. Por otro lado, no son pocos los casos en los que se reclama por no firmar el consentimiento informado (que es un documento necesario para cuando se va a llevar a cabo un tratamiento o una intervención quirúrgica, donde se informa de los riesgos y las consecuencias de ese tratamiento o intervención al paciente). No se puede dejar de mencionar la tendencia al alza de las reclamaciones en sede de tratamientos u operaciones de cirugía estética voluntaria si no se obtiene el resultado prometido (al ser una obligación de resultado -medicina satisfactiva-, no de medios, por lo que el médico está obligado a cumplir con el resultado previsto, no le basta con poner toda la diligencia que le fuera exigible). También es frecuente encontrarnos con reclamaciones cuando se producen infecciones debido al mal estado del material quirúrgico. Por último, lógicamente, cuando se produce el fallecimiento de un paciente por culpa de una negligencia profesional.

----------

Por Alberto Freire Bolaño, Graduado en Derecho por la Universidad de Cádiz.