Seguro de responsabilidad civil: concepto y clases

La Ley de Contrato de Seguro define el seguro de responsabilidad civil como aquel por el que el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a cubrir el riesgo del nacimiento a cargo del asegurado de la obligación de indemnizar a un tercero los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato, de cuyas consecuencias sea civilmente responsable el asegurado (artículo 73 de la Ley de Contrato de Seguro).

Seguro de coche y contrato de seguro

- Objeto del seguro de responsabilidad civil


El objeto de este seguro es pues la asunción por el asegurador del riesgo que gravita sobre el asegurado de quedar obligado a indemnizar los daños y perjuicios causados a un tercero.

- Clases de seguros de responsabilidad civil


El seguro de responsabilidad civil puede ser obligatorio o facultativo (también llamado voluntario).

+ Seguros obligatorios de responsabilidad civil


Es obligatorio cuando una norma impone el deber de suscribirlo para poder llevar a cabo determinadas actividades o por ser titular de ciertos bienes (artículo 75 de la Ley de Contrato de Seguro). Los seguros obligatorios de responsabilidad civil son muy numerosos. El más conocido es el de vehículos de motor, regulado por la LRCSCVM y su reglamento.

+ Seguros facultativos de responsabilidad civil


A diferencia de los obligatorios, los seguros facultativos son de contratación voluntaria, y pueden servir para prestar cobertura a las eventuales obligaciones por responsabilidad por daños a terceros derivados de una determinada posición jurídica o del ejercicio de una concreta actividad, o bien para complementar la cobertura de los seguros obligatorios, que normalmente está cuantitativamente limitada.

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Fuente:
Manual de Derecho civil, Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano.