Concepto de capitulaciones matrimoniales

Las capitulaciones matrimoniales son un contrato o acto jurídico de Derecho de familia personalísimo en cuya virtud los cónyuges o futuros cónyuges estipulan, como mínimo, las reglas por las que se regirá la organización económica de su matrimonio. No es exactamente un contrato, pero sí muy similar; personalísimo pues nada más se otorga por los contrayentes. Deben acudir los dos a otorgar la capitulación matrimonial.

Capitulaciones matrimoniales y Derecho civil

- Contenido habitual de las capitulaciones matrimoniales


En las capitulaciones matrimoniales se estipula el régimen económico de los cónyuges, como mínimo, pues cabe que se introduzcan otras disposiciones.

- Cónyuges o futuros cónyuges


Se pueden otorgar antes o después del matrimonio, como queda escrito en el artículo 1326 del Código Civil. Lo habitual es que se otorgue antes del matrimonio, pues una vez casados entraría a regir el régimen de gananciales. Las capitulaciones matrimoniales podrán otorgarse antes o después de celebrado el matrimonio.

- Requisito de validez de las capitulaciones matrimoniales: escritura pública


Las capitulaciones matrimoniales tienen que constar en escritura pública como requisito de validez (validez no es lo mismo que eficacia frente a terceros). Es uno de los pocos supuesto de nuestro derecho en los que se exige la forma ad solemnitatem (al igual que la hipoteca).